ARTÍCULO 8°.-El personal queda comprendido por las prescripciones establecidas en la Ley N° 25.164 y su reglamentación, así como por las contenidas en el Convenio Colectivo de Trabajo General, en materia de requisitos de ingreso, deberes, derechos, prohibiciones, régimen disciplinario y causales de egreso.
viernes, 6 de febrero de 2009
CAPITULO III.-DE LA RELACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO
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Editor General
ARTÍCULO 8°.-El personal queda comprendido por las prescripciones establecidas en la Ley N° 25.164 y su reglamentación, así como por las contenidas en el Convenio Colectivo de Trabajo General, en materia de requisitos de ingreso, deberes, derechos, prohibiciones, régimen disciplinario y causales de egreso.